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Abogado de Expugnación y No Divulgación en Conroe

ABOGADO DE EXPUGNACIÓN Y NO DIVULGACIÓN EN CONROE

Una Expugnación es la eliminación completa de los antecedentes penales, lo que significa que ninguna empresa, individuo o agencia gubernamental podría ver que alguna vez existió y que no podría ser utilizada en su contra si alguna vez se encuentra en problemas legales en el futuro.


Las expugnaciones se rigen por el capítulo 55 del Código de Procedimiento Penal de Texas. Las expugnaciones son mucho más difíciles de obtener que una no-divulgación. Para calificar para una Expugnación, su caso debe haber sido desestimado (sin libertad condicional de adjudicación diferida), debe haber sido absuelto (declarado "no culpable") en el juicio, o el gobernador de Texas debe haberlo perdonado.


Aún así, las Expugnaciones no son automáticas. Es un proceso que requiere la firma de doce agencias de la ley diferentes y al que el Estado puede objetar. El juez tiene la discreción de conceder una Expugnación independientemente de si se presenta una objeción.

¿SABÍA USTED QUE EL HECHO DE QUE UN CASO SEA DESESTIMADO NO BORRA AUTOMÁTICAMENTE SU HISTORIAL?

Si ha sido arrestado, ESTARÁ en su expediente si no obtiene una Orden de Expugnación o, si no califica para la misma, una Orden de No Divulgación. Muchas personas descubren que tener un arresto, y mucho menos una condena, en sus antecedentes afecta su capacidad de encontrar fácilmente un trabajo, rentar un apartamento, obtener una licencia profesional o calificar para préstamos estudiantiles. Contáctenos para saber si califica para una Expugnación o una Orden de No Divulgación para que sus errores del pasado no afecten su futuro.

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La No-divulgación de sus antecedentes penales

Una No divulgación es el sellado de sus antecedentes penales para que sólo puedan ser divulgados a ciertas agencias gubernamentales. Esencialmente evita que los individuos y las empresas vean un arresto o una libertad condicional de adjudicación diferida en un caso particular. La No divulgación se rige por la Sección 411.081 del Código de Gobierno de Texas. Puede solicitar a la corte en la que fue puesto en libertad condicional de adjudicación diferida que le conceda la No Divulgación. Para ser elegible, debe haber completado con éxito el perIodo de prueba de Adjudicación Diferida. Además, para muchos delitos, hay un perIodo de espera después de que su libertad condicional se ha completado y el caso ha sido desestimado antes de que usted pueda presentar una petición de No Divulgación.


La duración del perIodo de espera depende del cargo por el que se le haya puesto en Adjudicación Diferida. Sin embargo, si usted fue acusado originalmente de un DWI y recibió una Adjudicación Diferida por una ofensa diferente para un despido en el DWI, existe la posibilidad de que usted no sea elegible para una Expugnación o No Divulgación en el arresto de DWI. Como muchas instancias en la defensa criminal, es importante contratar un abogado que esté familiarizado con estos pequeños matices de la ley. Contacte a nuestro abogado de Expugnación en Conroe para ver cómo podemos ayudarle.

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